jueves, 10 de noviembre de 2011

3er Departamental Tarea 1

CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS SEGÚN LA FORMA JURÍDICA








- (1) Empresario individual: persona física que realiza en nombre propio y por medio de una empresa una actividad comercial, industrial o profesional. La responsabilidad es ilimitada, la gestión y el control está en manos del empresario, no se requiere un capital mínimo, tributa a través del IRPF.





- (2) Sociedad civil privada: se basa en un contrato por el que dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con ánimo de repartir entre sí los beneficios. La responsabilidad es ilimitada, tributa por el IRPF (en la declaración de

Hacienda cada uno mantiene la propiedad de lo que ha aportado).





Empresa sociedad: tiene personalidad jurídica. Todas se inscriben en el Registro Mercantil.

Sociedades mercantiles de carácter personalista: si la gestión corresponde a los socios

Sociedades mercantiles de carácter capitalista: la gestión no tiene por qué recaer en los socios.





- (3) Sociedad civil pública: los pactos entre los socios se constituyen mediante escritura pública ante notario. el resto de las características son iguales que la sociedad civil privada.





- (4) Sociedad colectiva: mínimo 2 socios, todos intervienen en la gestión excepto los socios industriales que sólo aportan trabajo. Responsabilidad personal, solidaria e ilimitada. No hay capital mínimo para su constitución. La condición de socio no puede transmitirse libremente. Tributa por el IS.





- (5) Sociedad comanditaria simple: existen dos tipos de socios: los colectivos que intervienen en la gestión y tienen responsabilidad personal, solidaria e ilimitada; y los socios comanditarios que no intervienen en la gestión y tienen una responsabilidad limitada a la aportación económica, participan sólo de los resultados económicos. (El resto de las características son iguales que la colectiva)





- (6) Sociedad comanditaria por acciones: se diferencia de la comanditaria simple en que la participación de los socios comanditarios está representada por acciones (partes alícuotas de capital), el capital mínimo es de 60.101,21 € que debe estar totalmente suscrito y desembolsado en un 25% en la constitución de la sociedad; el número mínimo de socios es de 3 comanditarios y 1 colectivo.





- (7) Sociedad de responsabilidad limitada: el número mínimo de socios es 1, la responsabilidad está limitada al capital aportado, el capital social está dividido en participaciones (partes iguales, acumulables e indivisibles, su transmisión está restringida, los socios tienen derecho preferente), el capital mínimo es de 3.005,6 € totalmente suscrito y desembolsado. Los derechos de los socios son a participar en el reparto de beneficios y patrimonio social si se disuelve, derecho de tanteo en la adquisición de participaciones de los socios salientes, a participar en las decisiones de la sociedad y a ser elegidos administradores, a información en los períodos establecidos en las escrituras. Los órganos









Referencias:

http://www.profes.net/rep_documentos/Propuestas_Bachillerato/BA_Econom%EDa_1_Clasificaci%F3n_empresas.pdf

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